Afiliación Hijos Estudiantes
https://www.santafe.gob.ar/index.php/content/download/227191/1190213/file/FICHA
Requisitos:
Este trámite permite hijos menores de 21 años de sangre o por adopción o hasta los 25 años cuando acrediten estar cursando estudios y no posean otra obra social, y los menores bajo guarda con fines preadoptivos o tutela a cargo del titular o su cónyuge o conviviente, por decisión judicial.
- Para la afiliación de hijos estudiantes entre 21 y 25 años:
- Ficha Declaración Jurada para Hijos Estudiantes a cargo del titular (se encuentra al pie del trámite).
- Fotocopia del Documento de Identidad del titular y del beneficiario.
- Copia certificada y actualizada de la Partida de Nacimiento del hijo estudiante, expedida por el Registro Civil.
- Certificación Negativa de ANSES del hijo estudiante.
- Certificado de alumno regular otorgado por Establecimiento Oficial o Incorporado a la enseñanza Oficial (debe renovarse anualmente antes del 31 de Mayo)
- Fotocopia simple del último recibo de cobro del titular.
- Para la afiliación de menores en adopción:
- Fotocopia certificada por el Juzgado otorgante de la Resolución Judicial de la adopción del menor
- Copia legalizada por Registro Civil de la Partida de Nacimiento, o en caso de no tenerla fotocopia del Documento de Identidad (anverso y reverso)
Afiliación Voluntarios
https://www.santafe.gob.ar/index.php/content/download/227190/1190210/file/FICHA
- Hijos/as mayores de 21 años, solteros.
- Nietos/as solteros hasta los 18 años, que carezcan tanto ellos como sus padres de cobertura de Obra Social. Se hará extensiva hasta los 26 años cuando acrediten estar cursando estudios con certificado de alumno regular.
- Padres y Padrastros (deben realizar la afiliación antes de cumplir los 70 años)
- Suegros (deben realizar la afiliación antes de cumplir los 70 años)
- Hijos de cónyuge o conviviente, solteros hasta los 21 años. Se hará extensiva hasta los 26 años cuando acrediten estar cursando estudios con certificado de alumno regular.
- Hermanos solteros hasta los 18 años. Se hará extensiva hasta los 26 años cuando acrediten estar cursando estudios con certificado de alumno regular.
Observaciones:
- El porcentaje de descuento por cada afiliado voluntario será del 2,25% del haber sujeto a descuentos del titular en actividad y del 2.75% para titulares pasivos de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Previsional N° 11373.
- Se recuerda que los hijos que se encuentren estudiando podrán permanecer dentro del grupo familiar primario como afiliados obligatorios hasta los 25 años.
- En todos los casos, la Certificación Negativa de ANSES deberá presentarse anualmente antes del 31 de mayo. En los casos que corresponda, se deberá presentar también antes del 31 de mayo el certificado de alumno regular.
- Cuando no exista continuidad afiliatoria, los afiliados voluntarios deberán observar 90 días de carencia, es decir que podrá utilizar la cobertura de la obra social luego de que se verifiquen tres descuentos del aporte por dicho voluntario en el recibo de sueldo del titular.
En caso de requerir modificación de datos afiliatorios por cambio de identidad corresponderá presentar copia de la Partida de Nacimiento actualizada y certificada por el Registro Civil y fotocopia del nuevo DNI certificada por Poder Judicial o Escribano Público.